Micelio

Artículo 4

Ley 36 de 1962 · Por la cual la Nación garantiza unos empréstitos a cargo del Municipio de Popayán, y se determina su inversión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La garantía de la Nación a los empréstitos de que trata esta Ley, estará sujeta al cumplimiento por parte del Municipio, a las formalidades normales legales indispensables, como también al control administrativo que la Ley establece respecto de la inversión de los empréstitos que la Nación garantiza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 36 de 1962