°. La organización del Ministerio de Educación Nacional será la siguiente: 1°- Dirección, ejecución y control. A - Despacho del Ministro. B - Secretaría General. C - Dirección. 1) Oficina de Inspección D - Rama Técnica. a-División de Educación Elemental y Alfabetización. 1) Sección de Educación Pre-Escolar 2) Sección de Educación Primaria a) Grupo de Protección Escolar 3) Sección de Alfabetización y Educación Fundamental b- División de Educación Media 1) Sección de Educación Secundaria 2) Sección de Educación Industrial 3) Sección de Educación Comercial 4) Sección de Educación Agropecuaria 5) Sección de Educación Vocacional Femenina. c- División de Educación Superior y Normalista. 1) Sección de Educación Superior 2) Sección de Formación, Capacitación y Perfeccionamiento de Maestros. d- División de Educación Cultural 1) Sección de Cultura Popular y Espectáculos 2) Sección de Bellas Artes y Museos 3) Sección de Publicaciones 4) Sección de Educación Física e- División de Servicios Técnicos 1) Sección de Equipos y Materiales Escolares 2) Sección de Orientación Profesional 3) Sección de Servicios Bibliotecarios f- División de Fomento Escolar 1) Sección de Investigación 2).Sección de Arquitectura Escolar Grupo de Interventoría. E - Rama Administrativa. a-División de Personal 1) sección de Reclutamiento y Adiestramiento. 2) Sección de Clasificación y Remuneración. 3) Sección de Registro y Control. b- División de Presupuesto 1) Sección de Ejecución y Control del Presupuesto. 2) Sección de Costos 3) Sección de Pagaduría c- División de Servicios Generales 1) Sección de Mecanografía. 2) Sección de Información y Correspondencia. 3) Sección de Archivo General. 4) Sección de Almacén. 5) Sección de Mantenimiento y Transportes. 2).Entidades asesoras y coordinadora A-Consejo Nacional de Educación B- Consejo Nacional de Investigaciones Científicas C- Consejo de Educación Física D- Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación. 1) Sección de Organización y Métodos. 2) Sección de Institutos Científicos. E-Oficina Jurídica F-Junta de Licitaciones G-Junta Nacional de Clasificación de Espectáculos Cinematográficos. H- Comisión de Personal. I-Comité de Inversiones J-Comités de Coordinación K- Comité de Biblioteca. L- Comité de Archivo.
La Junta Nacional de Clasificación de Espectáculos Cinematográficos continuará funcionando de acuerdo con el Decreto 0306 de 1960, y contará, para el desempeño de sus funciones, con la asistencia de la Sección de Cultura Popular y Espectáculos, de la División de Divulgación Cultural.
La colaboración de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, las Ciencias y la Cultura de la Organización de Estados Americanos, del Servicio Cooperativo de Educación Colombo-Americano, y la de cualquiera otra entidad internacional del ramo, se regirá por los contratos o convenios celebrados o por celebrarse entre dichas entidades y el Gobierno Nacional, sin perjuicio de lo dispuesto, en el artículo 1° de este Decreto.
La Comisión Colombiana de la UNESCO creada por el Decreto 2349-bis de 1956, contará con una Secretaría permanente dentro del Despacho del Ministro, con la función de coordinar las relaciones entre la UNESCO y la Comisión Nacional.