La administración de justicia en el ramo penal se ejerce de manera permanente por la Corte Suprema de Justicia, los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, los Jueces Superiores, los Jueces de Circuito en lo Penal, los Jueces de Instrucción Criminal, los Jueces de Menores y los Jueces Municipales.
En casos especiales se ejerce por el Senado, los Tribunales Militares, algunas autoridades de Policía, y aun por los particulares en calidad de Jurados, que participan en las funciones judiciales, sin que el ejercicio transitorio de esas funciones ni la participación ocasional en ellas incluya a tales entidades, ni a los empleados que las componen, ni a los citados particulares en la jerarquía llamada por la Constitución "Órgano Judicial."