En la ciudad de Popayán y en el sitio que sea acordado por la Gobernación del Cauca, se levantará una estatua de don Julio Arboleda, con la siguiente inscripción:
A JULIO ARBOLEDA LA REPUBLICA DE COLOMBIA
Ley 154 de 1963 · Por la cual la República rinde homenaje al General Julio Arboleda
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
En la ciudad de Popayán y en el sitio que sea acordado por la Gobernación del Cauca, se levantará una estatua de don Julio Arboleda, con la siguiente inscripción:
A JULIO ARBOLEDA LA REPUBLICA DE COLOMBIA
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.