º De los requisitos para el ejercicio de les empleos. Sin perjuicio de las situaciones jurídicas individuales consolidadas con sujeción a leyes anteriores a la expedición del presente Decreto, y en concordancia con el artículo 68 del mismo para desempeñar los empleos correspondientes a cada uno de los niveles de que trata su artículo 3.º, será necesario reunir los siguientes requisitas generales
Directivo: Los fijados en la Constitución o en leyes especiales.
Ejecutivo: Grado universitario o título universitario de especialización o experiencia profesional, administrativa o docente, según se establezca en el manual de requisitos mínimos para cada cargo en particular.
Profesional: Grado universitario o título universitario de especialización según el caso, y experiencia profesional, administrativa o docente, según se establezca en el manual de requisitos mínimas para cada cargo en particular.
Técnico y Administrativo: Educación superior o secundaria y conocimientos específicos o experiencia laboral, conforme lo disponga el manual de requisitos mínimos.
Operativo: Educación primaria o media y conocimientos específicos o experiencia laboral, de acuerdo con el manual de requisitos.