Micelio

Artículo 1

Decreto 1404 de 1965 · por el cual se distribuyen las partidas globales apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, para materiales y suministros y compra de equipo de los Cursos Campesinos de las Escuelas-Hogar para Campesinas.

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El texto del artículo

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Artículo primero. Las partidas globales apropiadas en el Presupuesto Nacional de funcionamiento de la actual vigencia, para materiales y suministros y compra de equipo de los Cursos Campesinos de las Escuelas-Hogar para Campesinas, se distribuyen así: CAPITULO 702 Escuelas Hogar Art. 7190, Ord. 36 Compra de equipo Art. 7194, Ord. 36 Mat. y suministros Amalfi $ 1.800 Sonsón $ 500 1.800 Boavita 1.800 Belén 1.200 Guayatá 500 1.800 Monguí 1.600 Tensa 2.000 Tibirita 1.800 Inzá 1.800 Silvia 1.800 Anolaima 1.800 Pasca 1.800 Ubalá 1.800 Villeta 1.600 Viotá 1.200 Pital 1.200 Pupiales 1.800 Cucutilla 2.000 Ocaña 1.800 Santiago 1.800 Villacaro 1.800 Barichara 1.800 Piedecuesta 1.800 Molagavita 1.800 La Cumbre 500 1.800 Versalles 1.800 Total $ 1.500 45.000

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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