Siempre que haya de proveerse un cargo de Juez Municipal en interinidad, se observará el siguiente orden de prelación entre los varios candidatos aptos para desempeñarlo:
Los abogados titulados o aceptados.
Las personas que hayan terminado estudios de Derecho y presentado todos los exámenes preparatorios de grado.
Las que hayan terminado estudios de Derecho.
La violación de esta prelación se tendrá como causal de mala conducta para los miembros del Tribunal que hayan hecho la elección.