Micelio

Artículo 3

Ley 50 de 1964 · Por la cual se autoriza al Gobierno Nacional para elaborar estudios de un Canal Interoceánico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para el cumplimiento de la presente Ley, el Gobierno Nacional podrá contratar empréstitos internos o externos, abrir créditos o hacer los traslados necesarios en los Presupuestos de las próximas vigencias.

Parágrafo

Los contratos o convenios que el Gobierno celebre en desarrollo de este artículo, requerirán además, la aprobación de la Junta Interparlamentaria de Empréstitos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 50 de 1964