Micelio

Artículo 9

º El Artículo 39 Del Decreto 829 De 1984, Quedará Así: "el Gerente O Presidente De La Asociación Será Elegido Por La Junta Directiva Para Un Periodo Hasta De Dos (2) Años, Tendrá El Carácter De Representante Legal De La Entidad Y Ejercerá Las Funciones Que Le Señalen Los Estatutos"

Decreto 1196 de 1985 · Por el cual se introducen modificaciones al Decreto número 829 del 6 de abril de 1984

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El artículo 39 del Decreto 829 de 1984, quedará así: "El Gerente o Presidente de la Asociación será elegido por la Junta Directiva para un periodo hasta de dos (2) años, tendrá el carácter de representante legal de la entidad y ejercerá las funciones que le señalen los Estatutos".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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