Cuando varios individuos toman parte en la ejecución de uno de los delitos de que tratan losArtículos 310, 311, 312, 318 y 319, si no se conoce cuál sea el autor del homicidio o de la lesión, todos incurren en las penas señaladas para éstos, según el caso, con disminución de una tercera parte a la mitad, y a la reclusión fija de treinta años se sustituye la de diez a quince años.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.