Micelio

Artículo 1

Decreto 17 de 1996 · por el cual se reajusta la asignación básica mensual y la prima de antigüedad del Personal Docente que presta sus servicios en las Instituciones Oficiales de Educación Superior del orden nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. A partir del 1o. de enero de 1996 el reajuste de la asignación básica mensual percibida a 31 de diciembre de 1995, por los empleados públicos docentes que prestan sus servicios en las instituciones oficiales de educación superior del orden nacional, será del quince por ciento (15%)

Parágrafo

Los factores y criterios de valoración existentes actualmente en las instituciones de educación superior a que se refiere el presente Decreto, sólo podrán variarse por el gobierno nacional en desarrollo de lo dispuesto en la Ley 4a. de 1992.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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