Micelio

Artículo 4

Ley 116 de 1960 · Por la cual se incrementan las labores de preservación y estudio de las reliquias arqueológicas del Alto Magdalena, y se destina una partida para la dotación del Hotel de turismo de San Agustín

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La inversión de fondos y el plan de trabajos a que se refieren los artículos anteriores se harán de acuerdo con el Instituto Colombiano de Antropología, entidad que tiene bajo su cuidado la protección y estudio de las reliquias arqueológicas del país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 116 de 1960