Micelio

Artículo 1

Ley 8 de 1912 · por la cual se aprueba una ordenanza

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Apruébase la Ordenanza número 41 de 1912 (2 de mayo), expedida por la Asamblea de Boyacá, "por la cual se decreta la construcción de un ferrocarril en el Departamento."

En consecuencia el Departamento de Boyacá tiene derecho al pago de la subvención nacional decretada por la Ley 61 de 1896 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 8 de 1912