Micelio

Artículo 12

Los Directores Departamentales O Intendenciales Conservarán En Su Archivo Todos Los Expedientes Que Vengan Para Estudio De La Junta; Ésta Enviará A La Dirección Técnica Nacional Copia De Las Resoluciones Dictadas

Decreto 1349 de 1933 · Por el cual se derogan los artículos 23 a 30 del marcado con el número 1099 y se reglamenta la profesión de farmacéuticos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Directores Departamentales o Intendenciales conservarán en su archivo todos los expedientes que vengan para estudio de la Junta; ésta enviará a la Dirección Técnica Nacional copia de las resoluciones dictadas. Cuando la resolución sea de revalidación, entregarán al interesado o a su apoderado legal, bajo recibo, la resolución original, dejando copia de ella para agregarla al respectivo expediente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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