ARTICULO 65. División de análisis, Programación y Control . Conforme a las políticas e instrucciones del Subdirector de Recaudación, son funciones de la División de Supervisión y Control, las siguientes
Definir y establecer el plan de recaudo, así como controlar y evaluar la ejecución del mismo, de acuerdo con las políticas establecidas por la Dirección y presentar informes sobre la gestión de recaudo de la entidad;
Impartir instrucciones a las diferentes Administraciones en materia de recaudo y devoluciones y controlar y evaluar los procesos y actividades inherentes;
Elaborar programas, manuales e instrucciones sobre devolución, compensación e imputación de saldos a favor o de pagos no debidos;
Supervisar y controlar las divisiones o grupos de recaudación y devoluciones en las diferentes Administraciones y controlar el desarrollo de los planes y programas;
Supervisar la validación de los documentos recibidos y procesados por las entidades recaudadoras, así como la de los actos oficiales en firme y exigibles; y
Coordinar y controlar la debida aplicación de los mecanismos de pago de las devoluciones por parte de las Administraciones de Impuestos y Aduanas Nacionales;
Las demás que le asigne el Subdirector de Recaudación.