o La remuneración mensual para los empleados públicos docentes de la Universidad Nacional de Colombia se establecerá mediante la aplicación de una tabla de puntaje que corresponda a la valoración de los siguientes factores
Los títulos correspondientes a estudios universitarios;
La categoría dentro del escalafón docente;
La experiencia calificada;
La productividad del trabajo universitario.
o . Cuando el puntaje que corresponda a un docente deba ser cambiado, la modificación tendrá efectos salariales a partir del mes siguiente a la fecha en la cual la autoridad competente la apruebe. Se exceptúan aquellos casos en los cuales las leyes prevean la retroactividad.
o. El pago de estas novedades se efectuará cada cuatro (4) meses, con la retroactividad correspondiente.