Micelio

Artículo 33

Derogado

Ley 117 de 1913 · Sobre Tarifa de Aduanas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Cuando resultare que en alguna Aduana se ha estado cobrando sobre alguna o algunas mercancías un impuesto que no les corresponda según la Tarifa, y en consecuencia dispusiere el Gobierno el restablecimiento del impuesto legal, este se cobrara de acuerdo con los términos establecidos por la Ley 24 de 1898 , que sustituye el artículo 205 de la Constitución sin que haya lugar a reintegros en contra o en favor del Tesoro. Vigente desde: 06/12/1913 y hasta el: 18/06/1931

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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