º Hacense los siguientes traslados en el presupuesto vigente: Ministerio de Educación. Nacional. Capítulo 77. Del artículo 1327. Para remuneración de. los miembros de la Junta Directiva, Síndico, Secretario y demás personal del Ateneo de Altos Estudios (Decreto 465 de 1940).. 6.000.00 Del artículo 1328. Para arrendamientos, útiles de escritorio, teléfono, servicios de energía, agua, aseo y demás gastos de funcionamiento en general del Ateneo. 5.380.00 Del articulo 1330. Para atender si pago de contratos por prestación de servicios en el Instituto Caro y Cuervo 14.500.00 Suman los contracréditos $25.880.00 Capítúlo 77. Al artículo 1329. Para sueldos del Instituto Caro y Cuervo 20.840.00 Ai articulo 1331.Para compra de obras de consulta, útiles de escritorio, libros, textos, material y elementos de trabajo, .gastos editoriales de obras que se publiquen, incluido e! "Boletín de Filología", o del instituto, clisés, pago de colaboradores, dotación, viáticos y transportes del personal del instituto cuando viaje en comisiones oficiales, y demás gastos de sostenimiento del Instituto 5.040.00 Suman los créditos $25.880.00
Decreto 426 de 1947 →Vigente
Artículo 1
Hacense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Educación
Decreto 426 de 1947 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Educación Nacional)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.