Pasajes distinta sede Cuando por razones del servicio o circunstancias de traslado, el Oficial o Suboficial no pueda llevar la familia a la nueva guarnición y tenga que situarla en otro lugar dentro del país, a la solicitud solicitud de pasajes deberá acompañar una certificación expedida por el respectivo Comandante en que se haga constar la necesidad de dicha ubicación. Cuando el Oficial o Suboficial hiciere uso de este derecho no habrá lugar a expedición de nuevos pasajes para la familia aunque hayan cesado las razones del servicio o las circunstancias del traslado que motivaron el hecho.
Artículo 59
Pasajes Distinta Sede Cuando Por Razones Del Servicio O Circunstancias De Traslado, El Oficial O Suboficial No Pueda Llevar La Familia A La Nueva Guarnición Y Tenga Que Situarla En Otro Lugar Dentro Del País, A La Solicitud Solicitud De Pasajes Deberá Acompañar Una Certificación Expedida Por El Respectivo Comandante En Que Se Haga Constar La Necesidad De Dicha Ubicación
Decreto 2553 de 1975 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2388 de 1971, reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.