Los feligreses o miembros de las diferentes religiones o iglesias que se profesen en el territorio nacional, sin autoridad jerárquica, no podrán alegar exención para la prestación del servicio militar, por el sólo hecho de profesar o pertenecer a dichas religiones o iglesia.
La autoridad jerárquica será determinada para la Iglesia católica por las Disposiciones concordatarias vigentes. Para las demás iglesias y confesiones religiosas se determinará por la capacitación académico-religiosa, con una formación equiparable, adquirida en los centros de educación superior aprobados por el Ministerio de Educación Nacional.
Sentencia del Consejo de Estado SENTENCIA 1100103240002000647901(6479) de 2001 Decretada la suspensión provisional (
aparte ... ) Sentencia del Consejo de Estado SENTENCIA 6479 de 2000