Art. 7 o Los Secretarios de las Legaciones procederán inmediatamente á formar un índice metódico de todos los documentos que en la actualidad compongan el archivo de la Legación, así como un inventario de libros, mapas, muebles y demás enseres que le pertenezcan, de todo lo cual enviaran una copia al Ministerio de Relaciones Exteriores, y procederán á abrir un Registro completo, que llevaran diariamente, á fin de anotar en el todo nuevo documento que llegue a la Legación, indicando la fecha y número del documento, la fecha en que se reciba, su procedencia y una enunciación sumaria de su contenido.
Decreto 1039 de 1901 →Vigente
Artículo 7
Decreto 1039 de 1901 · Por el cual se reglamenta el servicio diplomático de Colombia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.