º. Procedimiento de Selección de los Miembros del Consejo . Para efectos de designar a los miembros del Consejo técnico Asesor se deberá seguir el siguiente procedimiento
Representante de las Universidades Públicas . Se considerarán tres (3) candidatos representantes de las universidades públicas, para lo cual el Instituto Colombiano para la Educación Superior, Icfes, impulsará, coordinará y realizará el proceso de selección de estos candidatos, definiendo previamente la metodología de evaluación y selección, teniendo en cuenta los requisitos mínimos que establece el artículo 3º de este Decreto. El Icfes invitará a todas las universidades públicas para que postulen un candidato por cada una y previo proceso de evaluación, elegirá tres de los aspirantes que atiendan dicha convocatoria. El Icfes someterá laterna seleccionada a consideración del Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, quien de esta elegirá al representante de las universidades públicas ante el Consejo Técnico Asesor para un período de cuatro (4) años contados a partir de la aceptación del nombramiento. El Icfes deberá comunicar el desarrollo y los resultados del proceso de evaluación y selección en una reunión que realizará con los representantes legales o delegados de todas las universidades públicas participantes.
Representante de las Universidades Privadas . Se considerarán tres (3) candidatos representantes de las universidades privadas, seleccionados a través de la Asociación Colombiana de Universidades, Ascun, quien impulsará, coordinará y realizará el proceso de selección, definiendo previamente la metodología de evaluación y selección, teniendo en cuenta los requisitos mínimos que establece el artículo 3º de este decreto. Ascun invitará a todas las universidades privadas para que postulen un candidato por cada una y previo proceso de evaluación, elegirá tres de los aspirantes que atiendan dicha convocatoria. Ascun someterá la terna seleccionada a consideración del Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, quien de esta elegirá al representante de las universidades privadas ante el Consejo Técnico Asesor para un período de cuatro (4) años contados a partir de la aceptación del nombramiento. Ascun deberá comunicar el desarrollo y los resultados del proceso de evaluación y selección en una reunión que realizará con los representantes legales o delegados de todas las universidades privadas participantes en el proceso.
Representante de los Gremios de la Producción . Cada uno de los representantes de los gremios de la producción será elegido por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, quien impulsará, coordinará y realizará el proceso de selección, definiendo previamente la metodología de evaluación y selección, teniendo en cuenta los requisitos mínimos que establece el artículo 3º de este decreto. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial deberá convocar públicamente a los interesados a través de un diario de amplia circulación nacional y escogerá a cada representante entre los aspirantes que atiendan dicha convocatoria. La escogencia se hará atendiendo a criterios objetivos definidos en la metodología de evaluación y selección, tales como la experiencia específica, la formación profesional y el número de afiliados a la agremiación representada. Los representantes de cada uno de los gremios al Consejo será elegido para un período de cuatro (4) años contados a partir de la aceptación del nombramiento. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial deberá comunicar el desarrollo y los resultados del proceso de evaluación y selección en una reunión que realizará con los representantes legales o delegados de los gremios participantes en el proceso.
El presente procedimiento se efectuará cuando los Consejeros designados por la Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial mediante Resolución número 1235 de 2002, terminen el período para el cual fueron elegidos.
En ninguno de los casos, los miembros del Consejo Técnico Asesor pueden ser reelegidos para el período inmediatamente siguiente al que fueron elegidos.