Los Documentos De Caución Que Otorguen O Hayan Otorgado Los Administradores Principales, Agentes Postales, Administradores Subalternos Y Jefes De Los Departamentos De La Administración General, Deben Enviarse A Esta Oficina, En Donde Estarán Al Cuidado Del Subjefe Del Departamento De Negocios Generales
Decreto 624 de 1920 · Adicional y reformatorio del artículo 30 del Decreto número 259 de 1917
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. Los documentos de caución que otorguen o hayan otorgado los Administradores Principales, Agentes Postales, Administradores Subalternos y Jefes de los Departamentos de la Administración General, deben enviarse a esta Oficina, en donde estarán al cuidado del Subjefe del Departamento de Negocios Generales.
Parágrafo
Dicho empleado examinará, cuidadosamente esos documentos para ver si están otorgados con todos los requisitos legales, y los registrará en un libro que debe abrirse al efecto, siempre que no adolezcan de irregularidades, caso en el cual deben devolverse al otorgarse para que subsane las faltas.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.