Art. 1º Todas las reclamaciones y documentos relacionados con ajustamientos militares que se hallan pendientes en el ministerio de guerra, pasaran al Ministerio del Tesoro, en donde serán resueltos definitivamente.
Decreto 505 de 1889 →Vigente
Artículo 1
Decreto 505 de 1889 · Por el cual se adscribe al Ministerio del Tesoro el despacho de los asuntos relacionados con ajustamientos militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.