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Artículo 15

Subdirección De Sistemas De Información

Decreto 3264 de 2002 · por el cual se establece la estructura del nivel central del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Sistemas de Información . La Subdirección de Sistemas de Información es la dependencia encargada de proponer, aplicar y desarrollar las políticas de información, así como del procesamiento y control de la misma, mediante la implementación de procesos automatizados. Conforme a las políticas e instrucciones de la Dirección de Planeación, son funciones de la Subdirección de Sistemas de Información las siguientes

1.

Planear, contratar o desarrollar y mantener la infraestructura informática y de comunicaciones necesaria para la prestación de los servicios técnicos y administrativos de la Entidad.

2.

Planear, desarrollar y mantener los sistemas de información requeridos para el buen funcionamiento institucional.

3.

Establecer las normas y recomendaciones técnicas sobre los sistemas de información y realizar el control de calidad a los servicios que prestan dichos sistemas.

4.

Elaborar y presentar a la Dirección General el plan de adquisición, mantenimiento y distribución de hardware y software requerido por el Instituto.

5.

Efectuar el proceso de evaluación técnica para las ofertas, adquisiciones y/o arrendamientos que se requieran para el desarrollo informático.

6.

Coordinar, aplicar, adecuar y mantener los procedimientos y programas de computador requeridos por las diferentes dependencias del Instituto.

7.

Promover el uso de tecnologías que hagan más eficiente la utilización de los recursos físicos, humanos y financieros de la Entidad.

8.

Generar lineamientos y estándares técnicos, asistir y capacitar, en coordinación con la Dirección de Gestión Humana, a las diferentes dependencias del nivel Nacional y Regional en los asuntos de su competencia.

9.

Desarrollar procedimientos y crear planes de contingencia para los sistemas de información.

10.

Administrar y consolidar las bases de datos del Instituto.

11.

Las demás que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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