Micelio

Artículo 108

Decreto 1403 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo No. 62 del 29 de junio de 1994 del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales que adopta la estructura interna y establecen las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- La Coordinación de Desarrollo de Personal cumplirá las siguientes funciones

a)

Ejecutar las normas y procedimientos establecidos para el desarrollo del personal de su área de influencia.

b)

Velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos en materia de desarrollo de personal.

c)

Evaluar el cumplimiento y efectividad de las normas y procedimientos establecidos para el desarrollo del personal.

d)

Proponer modificaciones y actualizaciones de normas y procedimientos de desarrollo de personal.

e)

Ejecutar los programas de desarrollo de personal en virtud de convenios nacionales e internacionales celebrados por el ISS.

f)

Tramitar consultas y reclamos de los empleados.

g)

Las demás que se le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1403 de 1994