El Grupo De Telecomunicaciones Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Recibir Y Dar Curso A Los Mensajes Destinados A La Presidencia; B) Transmitir Los Mensajes De La Presidencia Para El Interior Del País, Y Los De Ésta Y Los Ministerios Y Otras Entidades Oficiales Para El Exterior; C) Cuidar Del Buen Estado Y Funcionamiento De Los Equipos De Telecomunicaciones, Y Mantener Las Claves Con La Debida Seguridad; D) Atender El Servicio De Comunicaciones Telefónicas
Decreto 890 de 1960 · Por el cual se reorganizan las dependencias de la Presidencia de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El grupo de Telecomunicaciones tendrá las siguientes funciones
a)
Recibir y dar curso a los mensajes destinados a la Presidencia;
b)
Transmitir los mensajes de la Presidencia para el interior del país, y los de ésta y los Ministerios y otras entidades oficiales para el Exterior;
c)
Cuidar del buen estado y funcionamiento de los equipos de telecomunicaciones, y mantener las claves con la debida seguridad;
d)
Atender el servicio de comunicaciones telefónicas.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.