Micelio

Artículo 25

Consultas

Decreto 1400 de 2012 · por el cual se establece el Punto Nacional de Contacto de Colombia y se adopta el procedimiento previsto en las Líneas Directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos ("OCDE") para Empresas Multinacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Consultas . Con fundamento en la información disponible, el PNC o quien adelante la etapa de mediación, consultará con las Partes y hará sugerencias para lograr un acuerdo aceptable para ellas. Así mismo, cuando el PNC o quien adelante la mediación lo estime conveniente para lograr un arreglo, consultará con las siguientes instancias

a)

Con las autoridades del gobierno competentes en las materias relacionadas con el caso.

b)

Con los Puntos Nacionales de Contacto del otro país o de los otros países interesados.

c)

Con el Comité de Inversión de la OCDE.

d)

Con el Comité Consultivo del Punto Nacional de Contacto.

e)

Con los expertos que considere pertinentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1400 de 2012