Artículo II . Las Altas Partes contribuirán al intercambio de experiencias en los campos mencionados en el artículo anterior. Para alcanzar estos objetivos promoverán
La visita de profesionales y técnicos en los campos de la cultura, la ciencia, la investigación y la educación; de escritores, compositores, pintores y artistas;
Los contactos entre sus respectivas instituciones culturales, artísticas, educativas, científicas y turísticas;
Los contactos entre sus bibliotecas y museos nacionales;
La presentación de exposiciones de grupos artísticos, de teatro y otros eventos culturales;
El intercambio de información y de materiales de instrucción y educación destinados a colegios, centros de enseñanza e investigación;
El intercambio de libros, revistas, periódicos y demás publicaciones de tipo cultural, científico, musical y turístico, propios de sus países;
Dentro de los recursos de que puedan disponer, el otorgamiento recíproco de becas para realizar estudios de pregrado y postgrado o para realizar investigaciones;
El intercambio de películas no comerciales y de material audiovisual de tipo cultural, artístico, educativo y turístico;
La colaboración entre sus organizaciones de cine, de radio y de televisión;
El intercambio de información sobre programa de educación superior y de educación abierta y a distancia así como de educación formal y no formal en el campo turístico, y de experiencias a nivel institucional y profesional del personal de formación;
El intercambio de información sobre las actividades realizadas por entidades dedicadas al rescate de la identidad cultural nacional, la cultura popular y la historia social de los pueblos.