Artículo 3º La Oficina de estadística constituirá la Sección 5ª del Ministerio de Fomento, y será servida por los empleados que se expresan á continuación:
Un jefe de Sección que gozará del sueldo de doscientospesos mensuales………………………………………………………..…..$ 200
Un oficial Mayor con el sueldo de ciento sesenta pesos mensuales.......................................................................................$ 160
Tres escribientes con el sueldo de sesenta pesos cada uno…………......................................................................................$ 60