° Este Decreto rige a partir de su publicación. Publíquesey cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 27 de febrero de 1992. HUMBERTO DE LA CALLE LOMBANA El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodriguez .
Decreto 363 de 1992 →Vigente
Artículo 6
Este Decreto Rige A Partir De Su Publicación
Decreto 363 de 1992 · por el cual se reglamenta el inciso segundo del artículo octavo de la ley 2ª de 1992.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.