Régimen estatutario. Los estatutos de la entidad recaudadora deberán contener cuando menos:
Denominación, domicilio y ámbito territorial de sus actividades.
El Objeto Social, el cual deberá contener la atribución de la entidad para recaudar las sumas debidas por los usuarios a las sociedades de gestión colectiva de autores de obras musicales y a las sociedades de gestión colectiva de artistas intérpretes o ejecutantes de obras musicales y productores de fonogramas, por concepto de la comunicación pública de sus repertorios.
Derechos y obligaciones de las sociedades que la conforman y forma de ejercicio del derecho al voto.
Determinación del sistema y procedimiento de elección de sus directivas.
Formas de dirección, organización, administración y vigilancia interna.
Composición de los órganos de dirección y control y fijación de sus funciones.
Duración de cada ejercicio económico y financiero.
Reglas para su disolución y liquidación.
Reglas para la administración de sus activos y pasivos, expedición y ejecución de sus presupuestos, y presentación de sus informes financieros.
Procedimientos para la reforma de sus estatutos.
(Decreto 3942 de 2010, artículo 56)