° Gastos Reembolsables. Además de los honorarios consignados en este Reglamento, al Arquitecto deberán reembolsarle todos aquellos gastos que tengan que efectuarse para el desarrollo del trabajo, diferentes de los que normalmente le corresponda absorber para el mantenimiento de oficina de su propia organización. A título de ejemplo se mencionan los siguientes: Viajes y gastos de subsistencia del Arquitecto o sus empleados cuando tengan que trasladarse fuera de la ciudad en funciones relacionadas con el trabajo; cables, portes y servicio telefónico especial fuera del propio de sus oficinas; la totalidad de las copias heliográficas, fotografías, maquetas, fotocopias o cualquier reproducción de los originales, solicitados por el Propietario y el Contratista, o que sean necesarios para el desarrollo de los estudios, la construcción o la tramitación del proyecto ante las autoridades respectivas; salarios y prestaciones sociales de todo el personal que ejecute un trabajo material en el sitio de la construcción y en general de todos aquellos gastos que no puedan imputarse a la organización propia del Arquitecto y que se efectúen con destino al trabajo que el Propietario le haya encomendado .
Decreto 2846 de 1975 →Vigente
Artículo 7
Gastos Reembolsables
Decreto 2846 de 1975 · Por el cual se aprueban unas tarifas profesionales (Arquitectura)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.