Micelio

Artículo 7

Informes Al Consejo De Ministros Y Al Consejo Superior De Comercio Exterior

Decreto 4712 de 2007 · por el cual se reglamentan algunos aspectos procedimentales de las negociaciones comerciales internacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Informes al Consejo de Ministros y al Consejo Superior de Comercio Exterior. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo informará de manera periódica al Presidente de la República, al Consejo de Ministros y al Consejo Superior de Comercio Exterior, sobre los avances de la respectiva negociación. CAPITULO III De la participación de las autoridades departamentales, municipales y distritales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4712 de 2007