Micelio

Artículo 10

Oficina De Control Interno

Decreto 1985 de 2013 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Control Interno . Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes

1.

Asesorar y apoyar al Ministro y a los Viceministros en la definición de las políticas referidas al diseño e implementación de sistemas de control que contribuyan a garantizar e incrementar la eficiencia, eficacia y calidad de la prestación de los servicios en las diferentes áreas del Ministerio.

2.

Desarrollar instrumentos y adelantar estrategias orientadas a fomentar una cultura de autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en la prestación de los servicios a cargo del Ministerio.

3.

Aplicar el control de gestión e interpretar sus resultados con el objetivo de presentar recomendaciones al Ministro.

4.

Verificar el cumplimiento de las políticas, normas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas del Ministerio, recomendar los ajustes pertinentes y efectuar el seguimiento a su implementación.

5.

Asesorar a las dependencias del Ministerio en la identificación y prevención de los riesgos que puedan afectar el logro de sus objetivos.

6.

Asesorar, acompañar y apoyar a los servidores del Ministerio en el desarrollo y mejoramiento del Sistema de Control Interno y mantener informado al Ministro sobre la marcha del Sistema.

7.

Presentar informes de actividades al Ministro y al Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno o quien haga sus veces.

8.

Planear, dirigir y realizar la evaluación del Sistema de Control Interno.

9.

Verificar la aplicación y cumplimiento de las medidas que adopte el Gobierno Nacional sobre lucha contra la corrupción, racionalización de trámites y austeridad en el gasto público, entre otras materias, con el fin de contribuir al mejoramiento y eficiencia en la gestión.

10.

Apoyar a las entidades que conforman el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural en la Implementación de estrategias gubernamentales en materia de control interno.

11.

Interactuar con las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio, con fin de fortalecer el Sistema de Control Interno Sectorial.

12.

Coordinar y realizar las Auditorías Internas de Calidad en el marco del Sistema Integrado de Gestión y garantizar la realización de las auditorías externas de certificación.

13.

Realizar evaluaciones periódicas sobre la ejecución del plan de acción, del cumplimiento de las actividades propias de cada dependencia y proponer las medidas preventivas y/o correctivas necesarias.

14.

Velar por la correcta ejecución de las operaciones, convenios y contratos del Ministerio y vigilar cómo se invierten los fondos públicos e informar al Ministro y a los Viceministros cuando se presenten irregularidades en el manejo de los mismos.

15.

Preparar y consolidar el Informe de Rendición de Cuenta Fiscal que debe presentarse anualmente a la Contraloría General de la República al comienzo de cada vigencia.

16.

Coordinar y consolidar las respuestas a los requerimientos presentados por los organismos de control respecto de la gestión del Ministerio.

17.

Apoyar el desarrollo, sostenimiento y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión, supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones.

18.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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