Micelio

Artículo 3

Ley 46 de 1945 · Por la cual se dictan unas disposiciones sobre la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, y la Caja Colombiana de Ahorros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, queda autorizada para señalar un cupo especial en sus haberes, destinado exclusivamente a préstamos para los productores de café. Si la Caja estableciere ese cupo, podrá celebrarse un contrato con la Federación Nacional de Cafeteros para que el Fondo Nacional del Café pague los intereses que correspondan proporcionalmente al monto total de dicho cupo en el empréstito de que trata el artículo 1° de esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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