Micelio

Artículo 17

El Pago De Vacaciones En Dinero Sólo Podrá Hacerse En Caso De Retiro Del Empleado O Cuando Se Trate De Empleados De Manejo

Decreto 638 de 1972 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo número 01 del mismo año, del Consejo Intendencial de Arauca, sobre presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal de 1 de abril de 1972 a 31 de marzo de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El pago de vacaciones en dinero sólo podrá hacerse en caso de retiro del empleado o cuando se trate de empleados de manejo. Toda remuneración que tenga carácter de sueldo se pagará por nómina según el Acuerdo de asignaciones. Por planilla sólo se pagarán los jornales de trabajadores y obreros de Obras Públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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