Micelio

Artículo 21

Ley 24 de 1981 · Por la cual se transforma la Superintendencia Nacional de Cooperativas en Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, se fijan sus objetivos, estructura y funciones, se provee a su dotación presupuestal y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Educación:

1. Diseñar y elaborar el material técnico y didáctico de apoyo a los programas de adiestramiento.

2. Controlar la ejecución de los programas y actividades que adelanten las direcciones regionales e informar a la Jefatura del Departamento sobre el desarrollo de los mismos.

3. Preparar los informes que sobre las operaciones de la entidad le sean solicitados por la jefatura del departamento.

4. Las demás que se le asignen por el Jefe del Departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 24 de 1981