Conservación de la Declaración Andina del Valor y de los documentos que la soportan. La Declaración Andina del Valor y los documentos que la soportan deberán ser conservados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121º del presente Decreto. Igualmente, se deberán conservar los documentos que acrediten las relaciones comerciales y financieras, las condiciones en que se utilizan patentes, dibujos, modelos, procedimientos y/o marcas de fábrica o de comercio, los contratos, la cuantía de gastos y en general todos aquellos que den respaldo a la operación comercial.
Decreto 2685 de 1999 →Vigente
Artículo 245
Decreto 2685 de 1999 · por el cual se modifica la Legislación Aduanera
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.