Micelio

Artículo 2

Ley 58 de 1938 · por la cual la Nación auxilia la construcción de varias obras de utilidad pública en Pacho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las partidas a que se refiere el artículo anterior deberán incluirse en el presupuesto de la próxima vigencia y si no lo fueren, se autoriza al Gobierno Nacional para abrir los créditos y hacer los traslados necesarios en los presupuestos nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 58 de 1938