Micelio

Artículo 4

Ley 219 de 1938 · por la cual se autoriza al Gobierno para auxiliar a los pequeños productores de miel y panela

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para dar cumplimiento a los artículos anteriores, el Gobierno tomará las sumas necesarias de los fondos provenientes de la utilidad que por concepto de la importación de azúcar han correspondido o correspondan a la Nación, y queda autorizado, con el mismo fin, para arbitrar recursos, abrir, dentro del Presupuesto, los créditos adicionales y hacer los traslados a que haya lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 219 de 1938