Micelio

Artículo 63

Terminada La Inspección Se Extenderá Acta De La Misma Por Triplicado Que Se Firmara Por El Funcionario Que Baya Practicando Y Por El Gerente, Propietario O Titular Del Establecimiento

Decreto 1727 de 1940 · Por el cual se reglamenta el comercio y el uso de drogas que forman hábito pernicioso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Terminada la inspección se extenderá acta de la misma por triplicado que se firmara por el funcionario que baya practicando y por el gerente, propietario o titular del establecimiento. Un ejemplar quedara en poder de la entidad visitada y los otros dos serán destinados, uno a ser remitido y archivado en la jefatura de la restricción y el otro para el archivo dela oficina que practico la visita.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1727 de 1940