En desarrollo de los principios a que se refiere el artículo anterior, la Escuela tendrá los siguientes objetivos: Desarrollar programas de educación superior en las modalidades de educación tecnológica e intermedia profesional, en lo relacionado con el deporte. La Escuela adelantara las actividades de extensión y de educación permanente previstas en el Capitulo II del Titulo Quinto del Decreto-ley 80 de 1980. La Escuela podrá ofrecer programas de educación no formal en niveles que no sean de educación superior.
Decreto 3115 de 1984 →Vigente
Artículo 4
En Desarrollo De Los Principios A Que Se Refiere El Artículo Anterior, La Escuela Tendrá Los Siguientes Objetivos: Desarrollar Programas De Educación Superior En Las Modalidades De Educación Tecnológica E Intermedia Profesional, En Lo Relacionado Con El Deporte
Decreto 3115 de 1984 · Por el cual se crea la Escuela Nacional del Deporte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.