Micelio

Artículo 1

Decreto 286 de 1900 · Por el cual se reorganizan las Comisiones demarcadoras de los límites entre Colombia y Venezuela

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1° A partir del 1.° de Enero próximo, el personal de las Comisiones colombianas demarcadoras de los límites con Venezuela quedará constituido en los términos y con las respectivas asignaciones mensuales que á continuación se expresan: Primera Comisión Un Ingeniero Jefe, á $400 Un 2.° Ingeniero, á 300 Un Ayudante, á 100 Un Intendente, á 200 Un Abogado Fiscal Secretario, á 300 Un Médico, á 300 Un Intendente, á 200

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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