Vigencia y derogatorias. El presente Decreto entra a regir transcurridos quince (15) días comunes después de su publicación en el Diario Oficial, modifica el Decreto 1881 de 2021 que derogó el Decreto 2153 de 2016 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023. Una vez finalizado el término de vigencia se restablecerán los aranceles contemplados en el Decreto 1881 de 2021 o en las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen.
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 11. Vigencia y derogatorias. El presente Decreto entra a regir transcurridos quince (15) días comunes después de su publicación en el Diario Oficial, modifica el Decreto 2153 de 2016 y tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022. Una vez finalizado el término de vigencia se restablecerán los aranceles contemplados en el Decreto 2153 de 2016 o en las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen.
TEXTO CORRESPONDIENTE A