°. Cada Colegio Mayor tendrá una Directora General, una Secretaria General, un Habilitado y una Mecanógrafa Ayudante de la Secretaría General, y de la Habilitación; y cada Escuela una Directora.
Decreto 178 de 1949 →Vigente
Artículo 3
Cada Colegio Mayor Tendrá Una Directora General, Una Secretaria General, Un Habilitado Y Una Mecanógrafa Ayudante De La Secretaría General, Y De La Habilitación; Y Cada Escuela Una Directora
Decreto 178 de 1949 · por el cual se reglamenta la Ley 48 de 1945.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.