Micelio

Artículo 34

En Los Términos Del Artículo 12 Del Código De Procedimiento Penal, El Funcionario Administrativo Del Trabajo Que Por Cualquier Medio Tenga Conocimiento De Un Hecho Que Pueda Constituir Infracción Del Artículo 309 Del Código Penal Deberá Dar Noticia Inmediata De Esa Circunstancia Al Juez Penal Competente, Sin Perjuicio De La Investigación Administrativa De Carácter Laboral Que Estará Obligado A Adelantar

Decreto 1469 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones laborales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los términos del artículo 12 del Código de Procedimiento Penal, el funcionario administrativo del trabajo que por cualquier medio tenga conocimiento de un hecho que pueda constituir infracción del artículo 309 del Código Penal deberá dar noticia inmediata de esa circunstancia al juez penal competente, sin perjuicio de la investigación administrativa de carácter laboral que estará obligado a adelantar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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