Micelio

Artículo 11

Decreto 2739 de 1991 · por el cual se adecua la estructura de la Comisión Nacional de Valores a su nueva naturaleza de Superintendencia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Registro Nacional de Valores. A la División de Registro Nacional de Valores le corresponde

a)

Revisar y actualizar permanentemente la información del Registro Nacional de Valores;

b)

Ejercer un control sobre el cumplimiento de las obligaciones que en materia de información tienen los emisores así como de las inscripciones y cancelaciones de títulos en las Bolsas de Valores;

c)

Informar periódicamente al Superintendente Delegado para Emisores sobre el cumplimiento de las obligaciones de las entidades inscritas en relación con el Registro Nacional de Valores;

d)

Velar por la organización y mantenimiento físicos del Registro;

e)

Organizar y facilitar el servicio de acceso y consulta del público a los Registros Nacionales de Valores y de Intermediarios;

f)

Revisar las solicitudes de cancelación de la inscripción de un valor en el Registro Nacional de Valores;

g)

Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de esta dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2739 de 1991