División de Registro Nacional de Valores. A la División de Registro Nacional de Valores le corresponde
Revisar y actualizar permanentemente la información del Registro Nacional de Valores;
Ejercer un control sobre el cumplimiento de las obligaciones que en materia de información tienen los emisores así como de las inscripciones y cancelaciones de títulos en las Bolsas de Valores;
Informar periódicamente al Superintendente Delegado para Emisores sobre el cumplimiento de las obligaciones de las entidades inscritas en relación con el Registro Nacional de Valores;
Velar por la organización y mantenimiento físicos del Registro;
Organizar y facilitar el servicio de acceso y consulta del público a los Registros Nacionales de Valores y de Intermediarios;
Revisar las solicitudes de cancelación de la inscripción de un valor en el Registro Nacional de Valores;
Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de esta dependencia.