Micelio

Artículo 8

º

Decreto 1525 de 1981 · Por el cual se dictan normas sobre el Puerto Libre de San Andrés y Providencia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Por ningún motivo y en ningún caso se recibirán ni autorizarán por las aduanas equipajes no acompañados procedentes del puerto libre de San Andrés y Providencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1525 de 1981