º. Por ningún motivo y en ningún caso se recibirán ni autorizarán por las aduanas equipajes no acompañados procedentes del puerto libre de San Andrés y Providencia.
Decreto 1525 de 1981 →Vigente
Artículo 8
º
Decreto 1525 de 1981 · Por el cual se dictan normas sobre el Puerto Libre de San Andrés y Providencia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.