Micelio

Artículo 376

Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando se trata de sentencias y el expediente contiene más de quinientas hojas, los términos para fallar se amplían en un día más por cada cincuenta hojas de exceso.

Cuando hay cambio en el personal, no se cuentan al nuevo Juez los términos que le habían corrido a su antecesor.

Cuando una providencia judicial debe dictarse por una Sala plural, el ponente tiene para presentar el proyecto los términos señalados en el artículo anterior.

Presentado el proyecto, la Sala, para proferir el fallo, goza de un término igual al que tuvo el actuante para prepararlo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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